Contrata de forma conforme enCosta Rica Habla con un experto

POBLACIÓN

5.1m

MONEDA

₡ (CRC)

CIUDAD CAPITAL

San José

Descripción general

Costa Rica, oficialmente la República de Costa Rica, es un país de Centroamérica conocido por su impresionante belleza natural, su biodiversidad y su compromiso con la conservación del medio ambiente. Desde las selvas tropicales hasta las playas, Costa Rica ofrece un sinfín de aventuras al aire libre y oportunidades de ecoturismo.

La economía costarricense es diversa, con sectores clave como el turismo, la agricultura y la tecnología. El país es un gran exportador de café, plátanos y piñas. Su entorno político estable y su compromiso con la sostenibilidad hacen de Costa Rica un destino atractivo para la inversión extranjera.

Descargo de responsabilidad: Este contenido tiene únicamente fines informativos. No garantizamos la precisión ni la integridad de este contenido. No es asesoramiento legal y no se debe utilizar como tal.

Regulaciones Laborales Locales

Contratos de trabajo

Acuerdos por escrito

Los contratos de trabajo deben celebrarse por escrito, salvo en determinadas situaciones. Cada una de las partes debe recibir una copia del contrato y debe entregarse una copia adicional a la Oficina de Empleo. Los detalles deben incluir la identidad de las partes, el número del documento de identidad, la duración del contrato, la remuneración, el horario, etc.

La Corte Suprema de Costa Rica ha establecido la validez de los acuerdos de no competencia o de no divulgación después de la terminación del contrato de trabajo si el empleado tiene conocimiento sensible que puede perjudicar el negocio del empleador durante el curso del empleo. Para ser válidos, estos pactos deben hacerse por escrito, incluir una compensación para los empleados y tener una duración determinada (no superior a 2 años). La finalidad de estas cláusulas debe ser evitar la competencia desleal.

Acuerdos verbales

Los contratos de trabajo verbales pueden utilizarse en las siguientes situaciones:

  • En trabajos agrícolas o ganaderos
  • En trabajos urgentes o temporales, no superiores a 90 días
  • Cuando el valor del trabajo no exceda de 250 CRC (colones costarricenses), aunque la duración pueda superar los 90 días.

En los demás casos, el contrato de trabajo debe formalizarse por escrito. Los contratos verbales pueden probarse por todos los medios de prueba generales, incluidos los testimonios de otros 3 empleados que trabajen para el mismo empleador. Si el empresario no emplea a más de 4 trabajadores, bastará con el testimonio de 2 empleados.

Acuerdos implícitos

En Costa Rica no existen disposiciones ni orientaciones sobre los contratos implícitos. El Código de Trabajo sólo reconoce los contratos de trabajo verbales y escritos.

Horario laboral

En Costa Rica, la legislación laboral indica que la jornada laboral ordinaria es de 8 horas diarias, 6 horas para los turnos de noche y 7 horas para los turnos mixtos. La semana laboral estándar es de 48 horas. Sin embargo, en trabajos que no sean insalubres o peligrosos, puede estipularse un turno ordinario diurno de hasta 10 horas y un turno mixto de hasta 8 horas, siempre que el trabajo semanal no supere las 48 horas.

El límite de tiempo de trabajo diario para las personas mayores de 15 años y menores de 18 se establece en 7 horas (42 horas semanales). La jornada laboral de las personas mayores de 12 años y menores de 15 no puede superar las 5 horas diarias.

Días festivos

Año Nuevo - 1 de enero - Día de Juan Santamaría - 11 de abril - Jueves Santo - Variable - Viernes Santo - Variable - Día del Trabajo - 1 de mayo - Día de Guanacaste - 25 de julio - Día de la Virgen de Los Ángeles - 2 de agosto - Día de la Madre - 15 de agosto - Día de la Independencia - 15 de septiembre - Día de la Cultura Nacional - 12 de diciembre - Navidad - 25 de diciembre

Período de prueba

El período de prueba de facto en Costa Rica dura 3 meses, aunque sólo con carácter orientativo. Los trabajadores contratados durante menos de 3 meses por la misma empresa pueden ser despedidos sin preaviso ni indemnización. Además, estos empleados no tienen derecho a una indemnización por despido. El periodo de prueba de los trabajadores domésticos también dura 3 meses.

Despido/Indemnización por despido

Plazo de preaviso

El preaviso debe hacerse por escrito, pero si el contrato se hace verbalmente, el preaviso puede hacerse verbalmente en presencia de 2 testigos. La duración del preaviso es la siguiente

  • De 3 a 6 meses de servicio - 1 semana
  • de 6 a 12 meses de servicio: 15 días
  • Más de 1 año de servicio - 1 mes

Indemnización por despido

En función de la antigüedad en la empresa, los trabajadores contratados por tiempo indefinido que sean despedidos involuntariamente por causas distintas del incumplimiento disciplinario pueden percibir indemnizaciones que oscilan entre 7 y 20 días de salario por año trabajado. La indemnización máxima está limitada a 8 años de trabajo.

Los trabajadores con contrato de duración determinada también tienen derecho a prestaciones por despido si su contrato se rescinde injustamente antes del vencimiento del plazo. Para los contratos de duración inferior a 6 meses, la indemnización asciende a 7 días de salario. Para los contratos de duración superior a 6 meses, la indemnización asciende a 22 días de salario.

Indemnización

Salario mínimo

El gobierno fija anualmente el salario mínimo en función de la ocupación. El salario mínimo oscila entre 12.236,95 CRC (colones costarricenses) al día (no cualificado) y 784.139,53 CRC al mes (titulado universitario).

El salario puede ser mensual, quincenal, semanal, diario o por hora, por pieza, etc. Las partes fijarán el plazo para el pago del salario, pero dicho plazo nunca podrá ser superior a una quincena para los trabajadores manuales, ni a un mes para los empleados intelectuales y domésticos. Si el salario consiste en la participación en las utilidades, ventas o cobros que realice el patrón, deberá pagarse quincenal o mensualmente.

Pago de horas extraordinarias, festivos y vacaciones

Las horas extraordinarias se pagan como mínimo un 50% por encima del salario mínimo. Los empresarios pueden fijar el pago de las horas extraordinarias por encima de esta cantidad. La ley limita el total de horas de trabajo en un día, incluidas las horas extraordinarias, a 12 horas.

Los empleados cobran su salario habitual durante las vacaciones anuales. Si los empleados no pueden disfrutar de sus vacaciones anuales por algún motivo justificado, pueden acumularlas hasta 3 veces y aceptar el pago en lugar de las vacaciones.

Si un empleado tiene que trabajar en su día de descanso semanal o en un festivo, tiene derecho a una compensación equivalente al doble de su salario regular por ese día.

Inmigración y visados

Los visitantes necesitan un visado de entrada para entrar en Costa Rica, mientras que los ciudadanos de varios países (como EE UU, Canadá y Gran Bretaña) no lo necesitan.

Visados

A continuación se indican las categorías de visados que se expiden en Costa Rica:

  • Visado para artistas - se concede a las personas interesadas en montar un espectáculo de entretenimiento en Costa Rica.
  • Visado consular - expedido por los consulados de Costa Rica para 30 días
  • Visado consular provisional - se expide a las personas que desean obtener la residencia temporal o permanente en Costa Rica para concederles la entrada para la tramitación de solicitudes
  • Visado de turista - expedido a las personas que visitan Costa Rica con fines turísticos
  • Visa de tránsito - expedida a personas que viajan a otro país vía Costa Rica
  • Visa de consultor o de excepción - expedida desde cualquier otro Consulado de Costa Rica que no sea el país de origen de la persona que ingresa a Costa Rica
  • Visado de entrada múltiple - concedido a personas que desean entrar en Costa Rica varias veces en un periodo de 1 a 5 años
  • Los extranjeros pueden aplicar a la subcategoría migratoria de Estancia para Trabajadores Remotos y Prestadores de Servicios si prestan servicios remunerados a distancia.

Permisos de trabajo

Los extranjeros que deseen trabajar en Costa Rica deben obtener un permiso de trabajo de la Dirección General de Migración y Extranjería. El permiso les permite trabajar para una empresa o empleador específico. Los empleadores deben solicitar un permiso de trabajo en nombre de los empleados extranjeros. La solicitud debe incluir un contrato de trabajo que indique las tareas a realizar, la duración del contrato y el salario. El permiso de trabajo tiene una validez de 3 años. Después, los empleados pueden solicitar un permiso de residencia. Los extranjeros con permiso de residencia pueden trabajar sin permiso de trabajo.

Población 5.1m

Población total, incluyendo a todos los residentes, independientemente de su estatus legal © 2024 - WBGEUROSTAT

83.2%

Población urbana

85.4%

Acceso a Internet

71.4%

Acceso bancario

100%

Acceso a teléfonos móviles

FUENTES DE DATOS

Población: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Population Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wpp/, publisher: UN Population Division; Statistical databases and publications from national statistical offices, National Statistical Offices, uri: https://unstats.un.org/home/nso_sites/, publisher: National Statistical Offices; Eurostat: Demographic Statistics, Eurostat (ESTAT), uri: https://ec.europa.eu/eurostat/data/database?node_code=earn_ses_monthly, publisher: Eurostat; Population and Vital Statistics Report (various years), United Nations (UN), uri: https://unstats.un.org, publisher: UN Statistics Division

Población urbana: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Urbanization Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wup/, publisher: UN Population Division

Acceso a Internet: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU), uri: https://datahub.itu.int/

Acceso bancario: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • FINDEX, WBG (WB), uri: https://www.worldbank.org/en/publication/globalfindex

Acceso a teléfonos móviles: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU)

Protección Social y Beneficios

Vacaciones

Los empleados disfrutan de vacaciones anuales retribuidas de al menos 2 semanas tras 50 semanas de servicio, o de 1 día de vacaciones al mes si han trabajado menos de 1 año. Los empleados cobran su salario habitual durante las vacaciones anuales.

Si existe un motivo justificado por el que un empleado no puede disfrutar de sus vacaciones anuales, puede acumular hasta 3 veces la paga de vacaciones y aceptar el pago en lugar de las vacaciones. Las vacaciones anuales pueden dividirse en un máximo de 2 partes.

Los trabajadores a tiempo parcial también tienen derecho a vacaciones anuales.

Baja por enfermedad

En Costa Rica no está prevista la baja por enfermedad. En caso de enfermedad profesional, los trabajadores que hayan cotizado a la Seguridad Social durante 6 meses en los 12 meses anteriores al inicio de la enfermedad tienen derecho a percibir el 50 % de su salario durante los 3 primeros días de enfermedad. El Instituto de la Seguridad Social abona el otro 50 %. A partir del cuarto día, el trabajador percibe el 60 % de su salario durante 45 días de enfermedad con financiación del Instituto de la Seguridad Social. El trabajador debe presentar un certificado médico al Instituto de la Seguridad Social para recibir el pago. Después de 45 días, los empleados cuyo salario es inferior a 100 CRC (colones costarricenses) al día reciben el 100% de su remuneración, y los empleados con un salario superior a 100 CRC al día tienen derecho a recibir el 67% de su salario. Esta prestación se abona durante un máximo de 2 años. Transcurridos 2 años, se realiza una evaluación de la incapacidad permanente y se suspende el pago de las prestaciones por incapacidad temporal.

Cuando un trabajador por cuenta ajena no tiene derecho a las prestaciones, pero ha cotizado hasta 2 cuotas y queda incapacitado por enfermedad, recibirá una ayuda económica durante un periodo máximo de 12 semanas.

Baja por maternidad

El Código Laboral de Costa Rica concede 4 meses de baja por maternidad remunerada a las trabajadoras embarazadas: 1 mes antes y 3 meses después del parto. Para beneficiarse de este permiso, la empleada debe presentar un certificado médico en el que conste que el parto se producirá probablemente en las 5 semanas siguientes a la fecha de expedición del certificado.

La cuantía de las prestaciones durante toda la baja por maternidad es igual al salario de la trabajadora. Las prestaciones son financiadas a partes iguales por la empresa y la Caja Costarricense de la Seguridad Social.

El trabajador por cuenta ajena que adopta a un menor también tiene derecho a 3 meses de permiso retribuido inmediatamente después de la llegada del niño.

Baja por paternidad

Costa Rica concede 2 días semanales de permiso de paternidad retribuido a los padres biológicos durante las 4 primeras semanas tras el nacimiento de su hijo. En caso de fallecimiento de la madre durante el parto, el resto del permiso de maternidad se transfiere al padre.

Seguridad social

Pensión

En Costa Rica existe un régimen de seguro obligatorio para los trabajadores por cuenta ajena de los sectores privado y público. La edad legal de jubilación es de 65 años y se tiene derecho a una pensión si se han abonado al menos 240 cotizaciones. Si no se han abonado 240 cotizaciones, pero sí al menos 180 cuotas, el trabajador tiene derecho a una pensión parcial proporcional al número de cotizaciones abonadas en relación con 240. Existen dos tipos de pensiones: La Pensión Básica y la Cuenta Individual Obligatoria. La pensión básica se calcula a partir de la media de los 300 mejores salarios mensuales del trabajador. El primer año también se abona una gratificación anual equivalente a un mes de salario. Existen disposiciones para la jubilación anticipada con una pensión reducida. La pensión obligatoria es una pensión complementaria que depende del importe total de las cotizaciones efectuadas por el asegurado y el empresario en un fondo de pensiones de su elección. La prestación se abona mientras dure el fondo.

Existe un régimen de pensiones no contributivas para los costarricenses mayores de 65 años o los discapacitados menores de 65 años que no estén inscritos en el régimen de pensiones contributivas y se encuentren en situación de extrema pobreza. La cuantía de la pensión mensual es de 82.000 CRC (colones costarricenses).

Las cotizaciones a la seguridad social corren a cargo de los empresarios, los trabajadores y el Estado.

Prestaciones para las personas dependientes y supervivientes

Un régimen de seguro social obligatorio concede prestaciones a los supervivientes tras el fallecimiento del trabajador asegurado. La prestación se aplica si el difunto era pensionista de vejez o invalidez, había cotizado al menos 180 cotizaciones y había cotizado durante al menos 12 meses en los 24 meses anteriores al fallecimiento. Tienen derecho a las prestaciones su cónyuge, hijos, padres, abuelos y hermanos.

Si el trabajador fallecido había cotizado al menos 12 meses pero no tenía derecho a pensión, sus supervivientes tienen derecho a una indemnización igual a 1 mes de salario por cada mes cotizado. Las pensiones del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) también se transfieren a los supervivientes del mismo modo que el régimen de la pensión básica.

Las prestaciones mensuales son abonadas a los supervivientes por la empresa durante un máximo de 10 años (aunque se pagan primas al Instituto Nacional de la Seguridad Social) en caso de fallecimiento por riesgo profesional.

Prestaciones de invalidez

El régimen de la Seguridad Social en Costa Rica concede prestaciones de invalidez a los trabajadores por cuenta ajena que hayan perdido al menos 2/3 de su capacidad para ejercer su profesión y hayan cotizado al menos 180 mensualidades. Existen dos tipos de pensiones: la básica y la obligatoria. La Pensión Básica se calcula en función de la media de los 300 mejores salarios mensuales del trabajador y del número de cotizaciones efectuadas. La Pensión Obligatoria es una pensión complementaria que depende del importe total de las cotizaciones efectuadas por el asegurado y el empresario. La pensión se abona mientras dure el fondo.

Existe un régimen de pensiones no contributivas para los nacionales de Costa Rica discapacitados menores de 65 años, no inscritos en el régimen de pensiones contributivas y en situación de extrema pobreza. La cuantía de la pensión mensual es de 82 000 CRC (colones costarricenses).

Las prestaciones corren a cargo del empresario (a través de las primas abonadas al Instituto Nacional de Seguros) en caso de invalidez causada por riesgos profesionales, en función del tipo y el grado de invalidez.

Edad mínima

La edad mínima legal para trabajar en Costa Rica es de 15 años. Las personas entre 12 y 15 años sólo pueden celebrar contratos de trabajo si están firmados por su representante legal. Está prohibido emplear a personas mayores de 15 años y menores de 18 en trabajos que requieran una jornada laboral superior a 7 horas o una semana laboral superior a 42 horas. Los menores de 15 años pueden ser empleados en trabajos ligeros con la autorización de sus tutores o padres. La jornada laboral de las personas de entre 12 y 15 años no debe superar las 5 horas diarias ni las 30 horas semanales. El trabajo de los menores no debe interferir con su educación obligatoria.

Los menores de 18 años no pueden ser empleados para realizar trabajos insalubres o peligrosos para su salud física o moral. Está prohibido emplear a menores de 18 años en trabajos nocturnos o en albergues, clubes, cantinas, bares y en todos los establecimientos que sirvan alcohol para su consumo inmediato. A los menores mayores de 16 años se les puede conceder el derecho a trabajar en turnos nocturnos en circunstancias especiales.

Desempleo 7.9%

Porcentaje de la fuerza laboral que está desempleada, pero disponible y en busca de empleo © 2024 - WBGILO

56.6%

Participación en la fuerza laboral

39.5%

Participación femenina en la fuerza laboral

81%

Acceso a atención sanitaria

FUENTES DE DATOS

Desempleo: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025.

Fuerza laboral (total): The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)

Participación en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025

Participación femenina en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)

Acceso a atención sanitaria: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • GHO, WHO (WHO), uri: https://www.who.int/data/gho/data/themes/topics/service-coverage

         

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