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POBLACIÓN

24.5m

MONEDA

₣ (XOF)

CIUDAD CAPITAL

Bamako

Descripción general

Malí, oficialmente la República de Malí, es un país de África Occidental. Conocido por su diversidad cultural, sus impresionantes paisajes y su rica historia, Malí es un destino popular para el turismo y la exploración cultural. Desde las bulliciosas calles de Bamako hasta los serenos paisajes de Tombuctú, Malí ofrece un sinfín de atracciones culturales y naturales.

La economía de Malí se basa en gran medida en la agricultura, la minería y los servicios. El país es un gran exportador de oro, algodón y ganado. El crecimiento económico y la mejora de las infraestructuras hacen de Malí un destino atractivo para la inversión extranjera.

Descargo de responsabilidad: Este contenido tiene únicamente fines informativos. No garantizamos la precisión ni la integridad de este contenido. No es asesoramiento legal y no se debe utilizar como tal.

Regulaciones Laborales Locales

Contratos de trabajo

Acuerdos por escrito

En Malí, el contrato de trabajo de duración determinada debe constar por escrito. A falta de acuerdo escrito, los contratos se presumen celebrados por tiempo indefinido. Los contratos de trabajo temporales deben constar por escrito. También deben constar por escrito las disposiciones relativas al periodo de prueba.

Los contratos de duración determinada deben redactarse en tres ejemplares si su duración es superior a tres meses. Los ejemplares se distribuirán del siguiente modo: uno para el empresario, otro para el trabajador y otro para el Inspector de Trabajo. Los contratos para empleados extranjeros deben redactarse por escrito (en francés) e incluir detalles sobre la identificación del empleado y del empleador, la dirección, la naturaleza del trabajo, la remuneración, las vacaciones pagadas y otras prestaciones.

En el caso de los contratos de duración indefinida, los empleadores deben presentar una carta de contratación por escrito en la que se especifiquen las condiciones laborales concretas, como el horario de trabajo, el descanso semanal, la remuneración y, en su caso, las prestaciones en especie.

Acuerdos verbales

El Código Laboral de Malí establece que los contratos pueden ser escritos u orales. Los contratos temporales y de duración determinada deben formalizarse por escrito. Además, los contratos de trabajo para los empleados extranjeros deben hacerse por escrito. Si el contrato no se formaliza por escrito, su existencia puede probarse por cualquier medio.

Acuerdos implícitos

El Código Laboral de Malí reconoce los contratos celebrados de cualquier forma, y el Código de Obligaciones de Malí detalla las circunstancias en las que un contrato de trabajo puede ser implícito.

La existencia de un contrato puede probarse por cualquier medio.

Horario laboral

En Malí, la jornada laboral normal es de 40 horas semanales. Las horas de trabajo diarias no están claramente especificadas. Sin embargo, en las explotaciones agrícolas, la jornada laboral está fijada en 2.352 horas al año. En las empresas agrícolas, la duración legal del trabajo no puede superar las 48 horas semanales.

En determinadas situaciones, el tiempo de trabajo puede aumentar más allá de los límites reglamentarios debido al carácter intermitente del trabajo. En estos casos, el tiempo de trabajo no puede superar las 260 horas al mes.

Días festivos

Año Nuevo (1 de enero), Día de las Fuerzas Armadas (20 de enero), Día de los Mártires/Día de la Democracia (26 de marzo), Lunes de Pascua (la fecha puede variar), Día del Trabajo (1 de mayo), Día de África (25 de mayo), Korité/Fin del Ramadán (la fecha puede variar), Tabaski/Fiesta del Sacrificio (la fecha puede variar), Día de la Independencia (22 de septiembre), Cumpleaños del Profeta Muhammad (BPD)/Mawloud (1 de diciembre), Bautismo del Profeta Muhammad (BPD) (8 de diciembre), Navidad (25 de diciembre).

Período de prueba

En Malí, según el Código Laboral, el periodo de prueba debe constar expresamente por escrito. Los contratos deben incluir el empleo y la categoría profesional del empleado, así como la duración del periodo de prueba.

La duración de un periodo de prueba suele ser igual al plazo de preaviso exigido para rescindir un contrato, pero se limita a un máximo de 6 meses, incluida la renovación. Cualquier empleado doméstico puede ser sometido a un periodo de prueba de duración determinada de un mes, renovable una sola vez.

El contrato de trabajo puede rescindirse sin preaviso durante el periodo de prueba.

Despido/Indemnización por despido

Plazo de preaviso

En ausencia de convenios colectivos o decretos, la duración del plazo de preaviso es la siguiente:

  • 8 días para el personal remunerado por días o semanas
  • 1 mes para los empleados remunerados mensualmente
  • 2 meses para los supervisores y asimilados
  • 3 meses para los ejecutivos y directivos

El periodo de preaviso no puede ser inferior a 15 días para los empleados que hayan trabajado menos de 6 meses y de 1 mes para los empleados que hayan trabajado más de 6 meses.

El contrato puede rescindirse sin preaviso en caso de negligencia grave y está sujeto a la discreción de un tribunal competente. Se puede renunciar al periodo de preaviso mediante el pago de una indemnización equivalente a la remuneración y las prestaciones de cualquier tipo que el trabajador habría percibido durante el periodo de preaviso. El preaviso debe presentarse por escrito.

Indemnización por despido

En Mali, en caso de despido o de ruptura del contrato por causa de fuerza mayor, el trabajador que haya cumplido un periodo de servicio ininterrumpido de un año en la empresa tiene derecho a una indemnización independiente del periodo de preaviso. Esta indemnización por despido se abona como un porcentaje de la media mensual de la remuneración percibida durante los últimos 12 meses, de la siguiente manera

  • 20% por cada uno de los 5 primeros años de trabajo
  • 25% por cada uno de los años comprendidos entre el 6º y el 10º, ambos inclusive
  • 30% por cada año a partir del 10º año

Los convenios colectivos pueden prever indemnizaciones más elevadas. No se abonan indemnizaciones si el despido se debe a una negligencia grave del trabajador. También se abonan indemnizaciones si el trabajador dimite después de 10 años de servicio.

Indemnización

Salario mínimo

El Salario Mínimo Interprofesional Garantizado (SMIG) se fijó por última vez en 2015 para los sectores agrícola y no agrícola de la siguiente manera (en vigor desde el 1 de enero de 2016):

  • Tarifa por hora - 230,77 francos CFA (francos CFA de África Occidental)
  • Tarifa mensual - 40.000 francos CFA
  • Los salarios por trabajo a destajo o por tarea se calculan de modo que un trabajador con una capacidad media pueda procurarse un salario al menos igual al de un empleado regular que realice un trabajo similar.

El Código Laboral de Mali exige que el salario se abone a intervalos regulares no superiores a 15 días para los empleados contratados diaria o semanalmente, o a 1 mes para los empleados contratados quincenal o mensualmente. Los pagos mensuales deben efectuarse a más tardar 8 días después del final del mes que da derecho al salario.

Pago de horas extraordinarias, festivos y vacaciones

Todo trabajo realizado más allá de la jornada ordinaria legal, en ausencia de convenio colectivo o acuerdo de empresa, da derecho al trabajador a percibir las siguientes primas mínimas en función del tiempo y las horas extraordinarias:

Días laborables:

  • 110 % del salario por hora regular del empleado por el trabajo realizado durante las horas 41 a 48
  • 125 % del salario por hora normal del trabajador por el trabajo realizado durante más de 48 horas
  • un 50% adicional del salario hora normal del empleado si se realizan durante la noche

Si las horas extraordinarias se realizan en días no laborables, se pagan con una prima del 150% del salario horario habitual del empleado si se realizan durante el día y del 200% si se realizan durante la noche.

Inmigración y visados

Visados

  • Tránsito - expedido a extranjeros que se dirigen a otro país a través de Malí
  • Negocios - expedido a extranjeros que viajan por negocios por un período máximo de 90 días
  • Turista - expedido a extranjeros que visitan Malí con fines turísticos (válido para una estancia de hasta 90 días)
  • Diplomático u oficial o misionero - expedido a extranjeros que visitan Malí con fines diplomáticos u oficiales

Permisos de trabajo

Los extranjeros que llegan a Malí con la intención de establecerse, ejercer una actividad lucrativa permanente o ejercer una profesión se consideran inmigrantes y necesitan un permiso de residencia. Pueden entrar con un visado de negocios. Además, deben solicitar un permiso de residencia en los 15 días siguientes a su entrada en Malí. Este permiso de residencia tiene una validez máxima de un año a partir de la fecha de expedición. Es renovable.

Estos extranjeros deben presentar un contrato de trabajo legalizado por la Dirección Nacional de Trabajo.

Población 24.5m

Población total, incluyendo a todos los residentes, independientemente de su estatus legal © 2024 - WBGEUROSTAT

46.9%

Población urbana

35.1%

Acceso a Internet

54.8%

Acceso bancario

100%

Acceso a teléfonos móviles

FUENTES DE DATOS

Población: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Population Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wpp/, publisher: UN Population Division; Statistical databases and publications from national statistical offices, National Statistical Offices, uri: https://unstats.un.org/home/nso_sites/, publisher: National Statistical Offices; Eurostat: Demographic Statistics, Eurostat (ESTAT), uri: https://ec.europa.eu/eurostat/data/database?node_code=earn_ses_monthly, publisher: Eurostat; Population and Vital Statistics Report (various years), United Nations (UN), uri: https://unstats.un.org, publisher: UN Statistics Division

Población urbana: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Urbanization Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wup/, publisher: UN Population Division

Acceso a Internet: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU), uri: https://datahub.itu.int/

Acceso bancario: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • FINDEX, WBG (WB), uri: https://www.worldbank.org/en/publication/globalfindex

Acceso a teléfonos móviles: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU)

Protección Social y Beneficios

Vacaciones

El Código Laboral de Malí concede vacaciones anuales al trabajador tras 12 meses de servicio. La duración de las vacaciones anuales se determina a razón de 2,5 días por mes de servicio en el transcurso del período de referencia, que es de 30 días naturales al año, incluidos los días no laborables. La duración de las vacaciones anuales aumenta con la antigüedad en la empresa. La remuneración a abonar durante las vacaciones anuales equivale a 1/12 de la remuneración total percibida durante el período de 12 meses.

Los jóvenes trabajadores y aprendices menores de 18 años tienen derecho a un mínimo de 24 días de vacaciones, y los trabajadores de entre 18 y 21 años, a un mínimo de 21 días, aunque la antigüedad en la empresa sea inferior a 12 meses.

Las vacaciones anuales pueden aplazarse un máximo de 2 años, siempre que el trabajador disfrute de al menos 8 días de vacaciones el primer año.

Baja por enfermedad

En Mali, el trabajador tiene derecho a una baja por enfermedad previa presentación de un certificado médico aprobado por el empresario, en el que un médico subraya la necesidad de la baja. La remuneración de la baja por enfermedad puede variar de la siguiente manera:

  • durante el primer año de trabajo, se abona el 100 % de los ingresos del trabajador durante 8 días a 3 meses, en función del convenio colectivo o del tipo de empleo
  • a partir del segundo año de trabajo, se abona el 50 % de los ingresos del trabajador durante un mes adicional, como máximo.

Baja por maternidad

En Malí, las trabajadoras tienen derecho a 14 semanas de baja por maternidad previa solicitud debidamente documentada tras 9 meses de servicio ininterrumpido con la empresa. El permiso incluye 6 semanas de descanso prenatal y 8 semanas de descanso postnatal. De las 14 semanas, 7 (3 semanas prenatales y 4 semanas postnatales) son obligatorias. Si el parto se produce antes de la fecha prevista, el permiso se prolonga hasta que se hayan agotado las 14 semanas. El permiso de maternidad puede ampliarse hasta tres semanas en caso de complicaciones médicas si así lo acredita un certificado médico.

Las trabajadoras tienen derecho al salario íntegro más las prestaciones en especie durante el permiso de maternidad. Durante el permiso de maternidad prolongado, el sistema nacional de seguridad social, INPS, sigue abonando el salario. El empresario no abona ningún salario ni subsidio en estas circunstancias. Está prohibido emplear a trabajadoras embarazadas en trabajos perjudiciales para su salud o en trabajos nocturnos.

Baja por paternidad

En Mali, los trabajadores tienen derecho a 3 días de permiso de paternidad totalmente retribuidos por nacimiento de un hijo. Este permiso puede tomarse de forma consecutiva o por separado, pero debe disfrutarse en los 15 días siguientes al nacimiento del hijo. La prestación no se concede en caso de mortinato. El trabajador por cuenta ajena debe informar a su empresario 24 horas antes del permiso (como muy tarde) de su intención de acogerse al permiso de paternidad.

Seguridad social

Pensión

En Mali, un trabajador por cuenta ajena tiene derecho a pensión a la edad de 58 años con al menos 13 años cotizados. Esta edad se reduce a 53 años para las personas declaradas médicamente incapacitadas. Por cada hijo nacido, la edad de jubilación de la mujer se reduce un año. Los trabajadores autónomos tienen derecho a la pensión a los 60 años si han cotizado al menos 15 años de forma voluntaria.

La cuantía de la pensión depende del salario medio del trabajador en los últimos 8 años anteriores a la jubilación y del número de años cotizados. Se prevé una pensión anticipada a la edad de 53 años si se han cotizado al menos 13 años y a la edad de 55 años si se han cotizado al menos 15 años si se está asegurado voluntariamente. La cuantía de la pensión anticipada se reduce en un 5 % por cada año cotizado antes de los 58 años o de los 60 años si el afiliado es voluntario. La cuantía mínima de la pensión es de 44.397 XOF (francos CFA de África Occidental).

Las personas que hayan cumplido 53 años con al menos 6 años de cobertura y 60 años con al menos 10 años de cobertura si están aseguradas voluntariamente perciben un subsidio de vejez. El subsidio asciende al 52 % del salario mínimo mensual legal vigente.

Prestaciones de supervivencia

En Malí, los supervivientes del trabajador fallecido tienen derecho a una pensión si el difunto percibía o tenía derecho a percibir una pensión de vejez, invalidez o jubilación anticipada en el momento del fallecimiento. Los supervivientes con derecho a pensión son la viuda(o) casada(o) con el difunto desde hace al menos 2 años y los huérfanos a cargo menores de 14 años (18 años para los aprendices y 21 años para los estudiantes y las personas discapacitadas). La pensión asciende al 50 % para el cónyuge y al 10 % para cada hijo. Estas prestaciones se abonan a partir de las cotizaciones abonadas tanto por los trabajadores por cuenta ajena como por la empresa.

Si un trabajador por cuenta ajena asegurado fallece a causa de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, el cónyuge superviviente tiene derecho al 30 % de la pensión del trabajador por cuenta ajena fallecido, el primer hijo tiene derecho al 15 % de la pensión, 2 hijos reciben el 30 % y 3 hijos reciben el 40 % de la pensión. Los padres a cargo tienen derecho al 10 % de la pensión cada uno. Las empresas abonan estas prestaciones.

Prestaciones de invalidez

Un trabajador por cuenta ajena asegurado tiene derecho a una pensión de invalidez si padece una invalidez superior al 66,7 % y ha cotizado durante al menos 8 años. La cuantía de la pensión de invalidez se calcula como el 26 % de los ingresos mensuales medios del asegurado en los últimos 8 años más el 2 % de los ingresos mensuales medios por cada período de 12 meses de cobertura superior a 120 meses, hasta el 80 % del salario medio. Estas prestaciones se pagan con las cotizaciones abonadas tanto por los trabajadores por cuenta ajena como por los empresarios.

Los trabajadores por cuenta ajena que quedan incapacitados debido a accidentes de trabajo o enfermedades profesionales tienen derecho a percibir las prestaciones del Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. En caso de incapacidad temporal, se abona mensualmente el 100 % de los últimos ingresos del trabajador asegurado desde el día siguiente al inicio de la incapacidad hasta la recuperación total o la certificación de la incapacidad permanente. En caso de incapacidad permanente total, se abona el 100 % de los últimos ingresos del trabajador asegurado en concepto de pensión. En caso de incapacidad permanente parcial, la pensión es proporcional al grado de incapacidad. Las empresas abonan estas prestaciones.

Edad mínima

La edad mínima para trabajar en Malí es de 15 años. Los menores de 14 años no pueden ser empleados, ni siquiera como aprendices, salvo en caso de derogación por escrito emitida por el ministro responsable del trabajo. Los niños deben someterse a un examen médico antes de empezar a trabajar.

El Código Laboral prohíbe emplear a niños en trabajos que superen sus fuerzas o en trabajos que, por su naturaleza, sean peligrosos o puedan dañar su moralidad. Los niños deben tener un descanso diario de al menos 12 horas. Los niños no pueden trabajar más de ocho horas al día bajo ninguna circunstancia. Los menores de 18 años no pueden trabajar más de seis horas al día. Los menores de 18 años no pueden ser empleados en trabajos industriales entre las 9 de la noche y las 5 de la mañana.

Los jóvenes trabajadores y aprendices menores de 18 años tienen derecho a un permiso mínimo de 24 días (incluidos los días no laborables) aunque la duración de su servicio sea inferior a 12 meses.

Desempleo 3.1%

Porcentaje de la fuerza laboral que está desempleada, pero disponible y en busca de empleo © 2024 - WBGILO

69.2%

Participación en la fuerza laboral

41.6%

Participación femenina en la fuerza laboral

41%

Acceso a atención sanitaria

FUENTES DE DATOS

Desempleo: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025.

Fuerza laboral (total): The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)

Participación en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025

Participación femenina en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)

Acceso a atención sanitaria: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • GHO, WHO (WHO), uri: https://www.who.int/data/gho/data/themes/topics/service-coverage

         

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