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POBLACIÓN

130.9m

MONEDA

$ (MXN)

CIUDAD CAPITAL

Mexico City

Descripción general

México, oficialmente los Estados Unidos Mexicanos, es un país de Norteamérica. Conocido por su diversidad cultural, sus impresionantes paisajes y su rica historia, México es un destino popular para el turismo y la exploración cultural. Desde las bulliciosas calles de Ciudad de México hasta los serenos paisajes de la península de Yucatán, México ofrece una gran variedad de atracciones culturales y naturales.

La economía mexicana es diversa, con sectores clave como la manufactura, los servicios y la agricultura. El país es un importante exportador de bienes y un popular destino turístico, que atrae a visitantes de todo el mundo con sus bellas ciudades, lugares históricos y gastronomía de renombre mundial.

Descargo de responsabilidad: Este contenido tiene únicamente fines informativos. No garantizamos la precisión ni la integridad de este contenido. No es asesoramiento legal y no se debe utilizar como tal.

Regulaciones Laborales Locales

Contratos de trabajo

Convenios escritos

En México, las condiciones de trabajo deben establecerse por escrito cuando no exista un convenio colectivo regulador. Cada parte debe conservar una copia del acuerdo. Un acuerdo laboral debe incluir la siguiente información mínima:

  • Nacionalidad, sexo, estado civil, edad, número de identificación fiscal, código de registro nacional y dirección tanto del empleado como del empleador.
  • Duración del empleo
  • Descripción del trabajo
  • Horario de trabajo
  • Salario y calendario de pagos
  • Formación impartida por el empleador
  • Otros términos y condiciones de empleo, incluidos días libres y vacaciones

La falta de dicho documento no priva al trabajador de los derechos que se derivan de las normas laborales y de los servicios prestados, ya que se imputará al empresario la falta de esta formalidad.

Acuerdos verbales

La Ley Federal del Trabajo de México no dicta condiciones para mantener un contrato verbal válido, ni tampoco prohíbe este tipo de contratos. Sin embargo, la falta de un contrato escrito no priva al trabajador de ningún derecho previsto en la ley.

Acuerdos implícitos

La Ley Federal del Trabajo de México no contiene orientaciones específicas sobre los contratos implícitos. Sin embargo, se presume que existe un contrato de trabajo entre cualquier persona que preste servicios laborales a otra. Si no hay acuerdo por escrito, se aplican los derechos legales básicos, incluidas las vacaciones anuales pagadas de 12 días, el derecho al salario mínimo, el día de descanso semanal, 7 días festivos pagados, etc.

Horario laboral

Los empleados pueden trabajar un máximo de seis días por semana. La jornada laboral no puede superar las ocho horas diarias ni las 48 horas semanales. La jornada laboral durante el turno de noche no puede superar las siete horas por turno.

La jornada laboral de los menores de 16 años no puede superar las seis horas diarias y debe dividirse en periodos no superiores a tres horas.

Días festivos

1 de enero - Año Nuevo; Primer lunes de febrero - Día de la Constitución; Tercer lunes de marzo - Cumpleaños de Benito Juárez (Presidente de México de 1858 a 1872); 1 de mayo: Día del Trabajo; 16 de septiembre: Día de la Independencia; tercer lunes de noviembre: Día de la Revolución; 25 de diciembre: Navidad. Hay otros días festivos (opcionales) que se observan en algunos estados y no en todos.

Período de prueba

La Ley Federal del Trabajo de México establece periodos de prueba cuando los empleados son contratados por tiempo indefinido o por más de 180 días. Normalmente, el periodo de prueba no puede durar más de 30 días. Sin embargo, para empleados en puestos directivos, técnicos o profesionales, puede durar hasta 180 días.

Al final del periodo de prueba, si el trabajador no cumple los requisitos y conocimientos necesarios para desempeñar el trabajo, se extinguirá la relación laboral, sin responsabilidad para el empresario. Los periodos de formación inicial y de prueba son improrrogables. Los trabajadores pueden ser despedidos sin preaviso durante el periodo de prueba.

Despido/Indemnización por despido

Plazo de preaviso

En México no existe un plazo mínimo de preaviso. En los casos de rescisión de la relación laboral por actos (o falta de actos) del trabajador, la Ley del Trabajo establece que el aviso debe darse al trabajador personalmente y por escrito en el momento del despido o dentro de los cinco días hábiles siguientes. En él se deben señalar las conductas que motivaron la rescisión y la fecha en que se cometieron.

En los casos en que el despido se deba a circunstancias relacionadas con el empresario o el lugar de trabajo, el trabajador puede desistir de su relación laboral dentro de los 30 días siguientes a la causa del desistimiento. En estos casos, el trabajador conserva el derecho a recibir una indemnización por daños y perjuicios del empresario.

Indemnización por despido

Las indemnizaciones por despido se abonan si un trabajador es despedido debido a la incapacidad de la empresa para hacer frente a la explotación, la quiebra del empresario o cualquier otra circunstancia imprevista no relacionada con el empresario. El importe de las indemnizaciones por despido abonadas es el siguiente:

  • Contrato de duración determinada inferior a un año - salario por la mitad del tiempo de servicios prestados.
  • Contrato de duración determinada superior a un año - seis meses de salario el primer año y 20 días cada uno de los años siguientes.
  • Contrato por tiempo indefinido - 20 días de salario por cada año de servicio
  • Si el contrato se extingue por incapacidad física o psíquica derivada de un riesgo no profesional - un mes de salario más 12 días de salario adicionales por cada año de servicio
  • Si el contrato se rescinde debido a una reducción de personal provocada por la implantación de nueva maquinaria o métodos de trabajo - cuatro meses de salario, más 20 días por cada año de servicio

Indemnización

Salario Mínimo

Para el año 2024, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) aumentó el salario mínimo general diario a MXN 248.93 (pesos mexicanos). El salario mínimo en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) es actualmente de 374,89 MXN diarios.

Pago de horas extras, días festivos y vacaciones

Los empleados no están legalmente obligados a trabajar horas extraordinarias a menos que existan circunstancias excepcionales. Sin embargo, cuando trabajan horas extras, las primeras nueve horas extras se pagan a una tasa del 200% de la tasa de pago estándar. Las horas extraordinarias que superen las nueve horas se pagan al 300% del salario normal. La Constitución limita las horas extraordinarias a un máximo de tres horas diarias durante tres días consecutivos.

Los empleados que trabajan los domingos tienen derecho a una prima adicional de al menos el 125 % de su salario normal. Los empleados que deban trabajar en días festivos tienen derecho a percibir un salario doble por el servicio prestado, además del salario correspondiente al día festivo obligatorio.

Los empleados tienen derecho a una prima del 25 % sobre su salario estándar por trabajar durante sus vacaciones anuales.

Inmigración y visados

Visados

En México existen los siguientes tipos de visados:

  • Visado de turista - se expide a las personas que visitan México con fines turísticos y tiene una validez de 180 días
  • Visado de visitante de negocios - se expide a las personas que desean realizar actividades empresariales en México y es válido hasta 180 días
  • Visa de visitante técnico - expedida a personas que visitan México para realizar actividades técnicas
  • Visa de residente temporal - expedida a extranjeros que pretendan ingresar a México como residentes temporales para permanecer más de 180 días y menos de cuatro años
  • Visa de residente permanente - expedida a extranjeros que pretendan ingresar bajo la condición de estancia de residente permanente
  • Visa de estudiante - expedida a estudiantes que desean permanecer en México por más de 180 días
  • Visa de visitante en programa de cooperación - expedida a personas que participan en acuerdos o programas de cooperación intergubernamental o internacional
  • Visa de visitante de largo plazo - expedida a personas con amplia solvencia económica, viajeros frecuentes, personas destacadas, cónyuges de mexicanos, etc. y tiene una vigencia de hasta diez años (Esta visa no permite a sus titulares realizar actividades remuneradas).

Permisos de trabajo

Los extranjeros que planeen trabajar en México durante más de 180 días (seis meses) deben obtener un visado de visitante con permiso para trabajar. Un visado de residencia temporal permite a los empleados extranjeros permanecer en México hasta cuatro años y un visado de residencia permanente permite permanecer en el país indefinidamente.

Las personas que trabajen y reciban un salario de una empresa extranjera en México durante menos de 180 días pueden hacerlo con un visado de visitante con permiso para trabajar. Al solicitar este visado se deben presentar los siguientes documentos:

  • Pasaporte con fotocopias válidas de las páginas
  • Formulario de solicitud
  • Fotografía tamaño pasaporte
  • Derechos consulares
  • Carta de trabajo
  • Tarjeta de residente temporal o de estudiante residente temporal en vigor

Población 130.9m

Población total, incluyendo a todos los residentes, independientemente de su estatus legal © 2024 - WBGEUROSTAT

81.9%

Población urbana

81.2%

Acceso a Internet

53%

Acceso bancario

100%

Acceso a teléfonos móviles

FUENTES DE DATOS

Población: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Population Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wpp/, publisher: UN Population Division; Statistical databases and publications from national statistical offices, National Statistical Offices, uri: https://unstats.un.org/home/nso_sites/, publisher: National Statistical Offices; Eurostat: Demographic Statistics, Eurostat (ESTAT), uri: https://ec.europa.eu/eurostat/data/database?node_code=earn_ses_monthly, publisher: Eurostat; Population and Vital Statistics Report (various years), United Nations (UN), uri: https://unstats.un.org, publisher: UN Statistics Division

Población urbana: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Urbanization Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wup/, publisher: UN Population Division

Acceso a Internet: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU), uri: https://datahub.itu.int/

Acceso bancario: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • FINDEX, WBG (WB), uri: https://www.worldbank.org/en/publication/globalfindex

Acceso a teléfonos móviles: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU)

Protección Social y Beneficios

Vacaciones

Los trabajadores con más de 1 año de servicio tienen derecho a 12 días laborables de vacaciones anuales, que aumentarán en 2 días laborables, hasta 20, por cada año de servicio posterior. A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en 2 días por cada 5 días de servicios. Los menores de 16 años tienen derecho a 18 días de vacaciones anuales.

El empresario no puede abonar una compensación en lugar de las vacaciones anuales, y éstas deben disfrutarse en los 6 meses siguientes al final del año de servicio. Los trabajadores cuyo contrato finalice antes de que concluya el año de servicio tendrán derecho a una retribución por las vacaciones anuales no disfrutadas, proporcional a la duración del servicio durante el año.

Baja por enfermedad

El empresario asume íntegramente el pago de los tres primeros días de baja por enfermedad. A partir del cuarto día, el Instituto de la Seguridad Social abona

  • el 60 % del salario del trabajador si la baja se debe a una enfermedad o accidente no laboral
  • el 100 % del salario del trabajador si la baja se debe a una enfermedad o accidente de trabajo.

Las prestaciones se abonan durante un máximo de 52 semanas.

Baja por maternidad

El permiso de maternidad está totalmente retribuido a través del Instituto de la Seguridad Social y tiene una duración de 12 semanas u 84 días (42 días antes y 42 días después del parto). Las mujeres también tienen derecho a seis semanas de permiso retribuido por adopción. Para beneficiarse de las prestaciones económicas, la trabajadora debe haber cotizado al menos 30 semanas durante los 12 meses anteriores a la fecha en que deba comenzar a percibirlas.

Si el hijo nace con una discapacidad o necesita cuidados hospitalarios, el permiso puede ampliarse con el 50% del salario de la trabajadora durante un periodo no superior a 60 días.

Baja por paternidad

En México, los trabajadores tienen derecho a 5 días laborables de permiso de paternidad retribuido por el nacimiento de su hijo o en caso de adopción de un bebé.

Seguridad social

Pensión

Para obtener una pensión completa, el trabajador debe haber cumplido 65 años y tener cotizadas al menos 1.250 semanas. Si el trabajador asegurado ha alcanzado el número de años exigido pero no las semanas cotizadas, puede retirar el saldo de su cuenta individual o seguir cotizando para cubrir las semanas necesarias para obtener una pensión.

Varios factores determinan la cuantía de la pensión de vejez. La base es la pensión garantizada, que corresponde a un salario mínimo actualizado anualmente según el Índice Nacional de Precios al Consumo.

Los pensionistas también reciben prestaciones familiares por personas a su cargo: un 15% por cónyuge, un 10% por cada hijo menor de 16 años y un 10% por cada progenitor a cargo si el pensionista no tiene esposa ni hijos.

En 2024, México creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar para garantizar que los pensionistas mayores de 65 años reciban el 100% de su último salario mensual. En 2025, México creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar de la Mujer, que garantiza a las mujeres de entre 63 y 64 años residentes en México una prestación bimestral.

Prestaciones para dependientes y supervivientes

La prestación de supervivencia se concede a los supervivientes si el trabajador asegurado era pensionista o tenía al menos 150 semanas cotizadas en el momento del fallecimiento y éste no debe ser consecuencia de un accidente de trabajo. Se concede un subsidio de sepelio con al menos doce semanas de cotización en los últimos nueve meses. La cuantía abonada a la viuda o al viudo inválido permanente y totalmente incapacitado asciende al 50 % de la pensión de vejez prevista o real. Se concede un 20 % a cada hijo que cumpla los requisitos (30 % si es huérfano de padre y madre).

El empresario abona las prestaciones en caso de fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional. La cuantía abonada a la viuda o al viudo económicamente dependiente asciende al 40 % de la pensión de incapacidad permanente a la que habría tenido derecho el difunto. Se concede un 20 % a cada hijo que cumpla los requisitos (30 % a un huérfano de padre y madre).

Prestaciones de invalidez

El Instituto de la Seguridad Social concede prestaciones a los asegurados inválidos. Para tener derecho a las prestaciones de invalidez, el asegurado debe haber cotizado al menos 250 semanas. Para una invalidez superior al 75 %, basta con haber cotizado 150 semanas. La cuantía de la pensión de invalidez es igual a un importe base del 35 % del salario medio correspondiente a las últimas 500 semanas de cotización anteriores a la invalidez o 250 semanas cotizadas. La pensión, incluidas las prestaciones familiares y asistenciales, no puede superar el salario medio que ha servido de base para fijar la cuantía de la pensión.

En caso de incapacidad por accidente de trabajo o enfermedad profesional, las prestaciones corren a cargo de la empresa. En caso de incapacidad permanente parcial (disminución de la capacidad de trabajo permanente superior al 50 %), el trabajador incapacitado percibirá una cuantía mensual en función del grado de incapacidad a un porcentaje de la pensión completa. Si el grado de incapacidad evaluado se sitúa entre el 26 % y el 50 %, el trabajador tiene derecho a percibir un porcentaje de la pensión íntegra en función del grado de incapacidad evaluado o un importe a tanto alzado de cinco años de pensión. En caso de invalidez inferior al 25 %, se concede una cantidad a tanto alzado equivalente a cinco años de pensión.

Edad mínima

En México, la edad mínima para trabajar es de 15 años y los empleados menores de 18 necesitan un certificado médico para poder trabajar. Los menores de 18 años no pueden trabajar en empleos nocturnos industriales. Además, los menores de 18 años no pueden ser empleados en la venta de alcohol, trabajos subterráneos, trabajos peligrosos o trabajos que puedan interferir con su moralidad.

Se prohíbe a los menores de 16 años trabajar más de 6 horas al día, divididas en periodos de 3 horas, durante los cuales el menor debe tener un descanso de 1 hora. Está prohibido emplear a menores de 18 años para hacer horas extraordinarias o trabajar en festivos y domingos. Si se incumple esta estipulación, las horas extraordinarias se pagan al 200% del salario habitual del menor más su salario habitual.

Desempleo 2.7%

Porcentaje de la fuerza laboral que está desempleada, pero disponible y en busca de empleo © 2024 - WBGILO

61.7%

Participación en la fuerza laboral

40.1%

Participación femenina en la fuerza laboral

75%

Acceso a atención sanitaria

FUENTES DE DATOS

Desempleo: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025.

Fuerza laboral (total): The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)

Participación en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025

Participación femenina en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)

Acceso a atención sanitaria: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • GHO, WHO (WHO), uri: https://www.who.int/data/gho/data/themes/topics/service-coverage

         

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