Contrata de forma conforme enArgentina Habla con un experto

POBLACIÓN

45.7m

MONEDA

$ (ARS)

CIUDAD CAPITAL

Buenos Aires

Descripción general

Argentina, una vasta nación sudamericana, es conocida por su vibrante cultura, su apasionado tango y sus impresionantes paisajes, que van desde la cordillera de los Andes hasta las fértiles llanuras de la Pampa. Con una rica historia y una población diversa, Argentina ofrece una mezcla única de influencias europeas y latinoamericanas.

La economía del país es diversa, con sectores clave como la agricultura, la industria manufacturera y el turismo. Argentina es un gran exportador de productos agrícolas, sobre todo carne de vacuno y soja, y cuenta con un sector tecnológico en expansión.

Descargo de responsabilidad: Este contenido tiene únicamente fines informativos. No garantizamos la precisión ni la integridad de este contenido. No es asesoramiento legal y no se debe utilizar como tal.

Regulaciones Laborales Locales

Contratos de trabajo

Contratos escritos

En Argentina, la ley no exige contratos de trabajo por escrito para las relaciones laborales indefinidas y a tiempo completo, aunque existen algunas excepciones. En el caso del empleo ocasional, así como en los contratos a tiempo parcial y de duración determinada, se requiere un acuerdo por escrito.

Aunque la legislación laboral no proporciona ninguna orientación sobre la cláusula de no competencia en los contratos de trabajo, los empresarios pueden incluir dichas cláusulas en los contratos. Los tribunales argentinos consideran válidas dichas cláusulas, siempre que no restrinjan la libertad de trabajo del empleado.

Acuerdos verbales

En Argentina, los contratos de trabajo indefinidos pueden crearse por acuerdo verbal entre el empleado y el empresario; el empresario sólo tiene que registrar al empleado ante las autoridades laborales, fiscales y de la seguridad social.

Acuerdos implícitos

El Código Civil de Argentina reconoce los contratos implícitos cuando se crean mediante actos voluntarios e intencionados de una de las partes. Si la conducta de una o más partes crea, modifica o extingue derechos propios o ajenos, la ley lo considerará como prueba de la existencia de un contrato. La existencia de un contrato de trabajo se presumirá sobre la base de la conducta de las partes.

Horario laboral

La jornada laboral estándar en Argentina está limitada a 8 horas diarias o 48 horas semanales. Una jornada laboral incluye períodos de inactividad durante la jornada laboral según lo establecido en el contrato. Debe haber un intervalo de 12 horas entre el final de una jornada laboral y el comienzo de la siguiente. La ley prohíbe ocupar a los empleados después de la 1:00 p. m. del sábado hasta el día siguiente. El trabajo nocturno se realiza entre las 9:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente y no puede durar más de 7 horas. En el caso de trabajos peligrosos, la duración del trabajo se limita a 6 horas por día o 36 horas por semana.

Teletrabajo

Las horas de trabajo de los empleados que teletrabajan se determinan en su contrato de trabajo. Tienen derecho a no ser contactados y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o las tecnologías de la información y la comunicación, fuera de su jornada laboral y durante los períodos de vacaciones. Los empleadores no deben exigir a la persona que trabaja que realice tareas, ni enviar comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral.

Días festivos

2026
  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 16 de febrero: Carnaval / Lunes de Carnaval
  • 17 de febrero: Carnaval / Martes de Carnaval / Día de las Tortitas
  • 24 de marzo: Día de los Caídos
  • 2 de abril: Día de los Veteranos
  • 3 de abril: Viernes Santo
  • 1 de mayo: Día del Trabajo
  • 25 de mayo: Día Nacional/Revolución de Mayo de 1810
  • 17 de junio: Conmemoración del general Don Martín Miguel de Güemes
  • 20 de junio: Día de la Bandera
  • 9 de julio - Día de la Independencia
  • 17 de agosto: Día de San Martín
  • 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
  • 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre: Navidad
2027
  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 8 de febrero: Carnaval / Lunes de Carnaval
  • 9 de febrero - Carnaval / Martes de Carnaval / Día de las Tortitas
  • 24 de marzo - Día de los Caídos
  • 26 de marzo: Viernes Santo
  • 2 de abril: Día de los Veteranos
  • 1 de mayo: Día del Trabajo / Primero de Mayo
  • 25 de mayo: Día Nacional / Revolución de Mayo de 1810
  • 17 de junio: Conmemoración del general Don Martín Miguel de Güemes
  • 20 de junio: Día de la Bandera
  • 9 de julio: Día de la Independencia
  • 16 de agosto: Día de San Martín
  • 11 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
  • 22 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre: Navidad

Período de prueba

En Argentina, los contratos de trabajo de duración indefinida tienen un período de prueba de 6 meses. Los convenios colectivos pueden ampliar el período de prueba de la siguiente manera:

  • Hasta 8 meses en empresas con entre 6 y 100 empleados
  • Hasta 1 año en empresas con hasta 5 empleados.

El empleador puede rescindir el contrato durante este periodo sin justificación y no está obligado a pagar indemnización al empleado despedido. Ambas partes están obligadas a notificar con 15 días de antelación la rescisión de un contrato durante el periodo de prueba.

Despido/Indemnización por despido

Plazo de preaviso

En Argentina, los contratos de trabajo pueden disolverse:

  • Por voluntad de ambas partes del contrato
  • Previo aviso por escrito

El plazo de preaviso depende de la antigüedad, de la siguiente manera:

  • Por parte del trabajador 15 días
  • Por parte del empresario:
    • 15 días si la antigüedad es inferior a 3 meses
    • 1 mes para una antigüedad de entre 3 meses y 5 años
    • 2 meses para las relaciones laborales superiores a 5 años

El preaviso debe hacerse por escrito e indicar claramente los motivos de la rescisión del contrato. Existen disposiciones que permiten renunciar al preaviso pagando una remuneración en su lugar.

Prestaciones por despido

En Argentina, la Ley de Contrato de Trabajo prevé una indemnización por despido equivalente a un mes de salario base por cada año completo de servicio (y cualquier fracción superior a 3 meses) en caso de despido sin causa justificada (despido improcedente). Si un empresario despide a un trabajador por una causa no imputable al trabajador, es decir, por motivos económicos como fuerza mayor, falta o reducción de trabajo, el trabajador tiene derecho a medio mes de salario por cada año de servicio. El empresario debe abonar al trabajador el salario íntegro correspondiente al mes en que se produce el cese.

La indemnización por despido para los empleados con contrato de duración determinada suele calcularse como el salario restante que se habría pagado si los empleados hubieran finalizado el proyecto o periodo para el que fueron contratados. Además, los empleados con contrato de duración determinada con más de un año de servicio tienen derecho al 50 % de la indemnización que recibiría un empleado fijo al ser despedido si se hubiera completado el periodo de empleo para el que fueron contratados.

Si un empresario no paga la indemnización por despido a un empleado y éste inicia un procedimiento judicial, el empresario deberá al empleado el 150 % de la indemnización por despido debida. Si el empresario no ha pagado por una causa razonable, el juez tiene la facultad discrecional de reducir el importe incrementado.

Indemnización

Salario mínimo

En Argentina, sujeto a regulaciones específicas, los salarios mínimos se fijan de forma diferente para los trabajadores del sector público, el sector agrícola y los trabajadores domésticos.

A partir del 1 de febrero de 2025, el salario mínimo será de 292,446 ARS (pesos argentinos) mensuales. Por último, a partir del 1 de marzo de 2025, el salario mínimo será de 296.832 ARS para todos los trabajadores mensuales y de 1.484 ARS por hora para los trabajadores diarios.

Horas extraordinarias, festivos y vacaciones

Los empleadores deben pagar una tasa de horas extraordinarias del 150% del salario ordinario los días laborables; y el doble del salario ordinario los sábados después de las 13.00 horas, los domingos y los días festivos.

Los trabajadores tienen derecho a percibir el salario normal durante sus vacaciones anuales, que deben abonarse antes de iniciarlas.

Inmigración y visados

Visados

  • Visado de turista - Se concede con fines turísticos y permite una estancia de hasta 90 días.
  • Visado de negocios - Se concede para actividades empresariales y permite una estancia de hasta 60 días. Los solicitantes deben presentar un justificante de alojamiento.
  • Visado para asistir a congresos y ferias, o para realizar actividades técnicas, científicas, artísticas o profesionales - El periodo de estancia autorizado para este tipo de visado es de hasta 30 días. Los solicitantes deben presentar prueba de la actividad.
  • Visado de estudiante - Se concede para estudiar en Argentina. Existen 2 tipos de visados de estudiante: Visado de estudiante +365 para estancias superiores a 1 año y Visado de estudiante -365 para estancias inferiores a 1 año. Los solicitantes deben presentar una prueba de admisión y medios económicos suficientes para pagar la estancia y los estudios.
  • Visado de reagrupación familiar - Se concede al cónyuge, hijo o padre de un ciudadano argentino nativo, naturalizado o por opción o de un extranjero con residencia permanente.
  • Visa para personas religiosas de culto no católico - Se otorga para residencia temporaria.
  • Visa para religiosos de culto católico - Se otorga para residencia temporaria.
  • Programa Siria - Facilitar el proceso de integración de sus beneficiarios con diferentes medidas; también realizar reuniones con comunidades interesadas y grupos organizados vinculados a iglesias evangélicas y católicas dispuestos a colaborar con la situación de los sirios en Argentina.
  • Visado de nacionalidad - Disponible para nacionales de países miembros del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay) o estados asociados (Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam) y permite la residencia temporal del extranjero en la República Argentina por un período de 2 años.
  • Visado de trabajo - Se concede para trabajar en Argentina. Los solicitantes deben presentar prueba de residencia, antecedentes penales y contrato de trabajo firmado.
  • Visado para personal expatriado (personal transferido) - Se concede para trabajar en Argentina. Los solicitantes deberán presentar constancia de residencia, antecedentes penales, constancia emitida por la filial o entidad receptora en la República Argentina, en la que conste el número de RENURE de dicha entidad, el motivo de la transferencia a la Argentina, el tiempo de permanencia, la remuneración mensual a percibir y la persona a la que se le abonará.

Permisos de trabajo

Los solicitantes deberán presentar la documentación requerida en la Oficina Consular. Las autoridades consulares pueden exigir documentos complementarios o adicionales en caso necesario. Entre los documentos y trámites exigidos figuran un pasaporte válido, fotografías, un formulario de solicitud, un justificante de domicilio, un contrato de trabajo, un certificado de buena conducta del país de residencia actual, así como las tasas consulares y una entrevista consular. El permiso de residencia temporal se concede por 90 días.

Población 45.7m

Población total, incluyendo a todos los residentes, independientemente de su estatus legal © 2024 - WBGEUROSTAT

92.6%

Población urbana

89.7%

Acceso a Internet

81.7%

Acceso bancario

100%

Acceso a teléfonos móviles

FUENTES DE DATOS

Población: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Population Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wpp/, publisher: UN Population Division; Statistical databases and publications from national statistical offices, National Statistical Offices, uri: https://unstats.un.org/home/nso_sites/, publisher: National Statistical Offices; Eurostat: Demographic Statistics, Eurostat (ESTAT), uri: https://ec.europa.eu/eurostat/data/database?node_code=earn_ses_monthly, publisher: Eurostat; Population and Vital Statistics Report (various years), United Nations (UN), uri: https://unstats.un.org, publisher: UN Statistics Division

Población urbana: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Urbanization Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wup/, publisher: UN Population Division

Acceso a Internet: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU), uri: https://datahub.itu.int/

Acceso bancario: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • FINDEX, WBG (WB), uri: https://www.worldbank.org/en/publication/globalfindex

Acceso a teléfonos móviles: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU)

Protección Social y Beneficios

Vacaciones

Las vacaciones anuales remuneradas en Argentina dependen de la antigüedad del empleado, siempre que este haya trabajado al menos la mitad de los días laborables del año natural correspondiente:

  • Antigüedad laboral inferior a 5 años: 14 días consecutivos.
  • Antigüedad entre 5 y 10 años: 21 días consecutivos
  • Antigüedad entre 10 y 20 años: 28 días consecutivos
  • Antigüedad superior a 20 años: 35 días consecutivos

Los empleados tienen derecho a recibir una remuneración por sus vacaciones anuales al comienzo de las mismas, a razón de su remuneración normal (establecida mensualmente o por horas).

Baja por enfermedad

En Argentina, un empleado tiene derecho a una baja por enfermedad con sueldo completo durante un período de hasta 3 meses al año si su antigüedad en el servicio es de 5 años o menos. Si la antigüedad en el servicio supera los 5 años, el empleado tiene derecho a una baja por enfermedad de hasta 6 meses. Si un empleado tiene familiares a su cargo, su derecho a baja por enfermedad remunerada se duplica. Puede recibir un salario de hasta 6 meses (si lleva empleado 5 años o menos) o 12 meses (si lleva empleado más de 5 años) mientras no pueda trabajar. Los empleados también tienen derecho a baja por enfermedad sin sueldo durante un periodo adicional de 12 meses, durante el cual el empleador está obligado a mantener la relación laboral.

La remuneración en estos casos se determina según el salario del empleado en el momento de la interrupción de los servicios, más cualquier aumento salarial que el empleado hubiera recibido en virtud de su contrato de trabajo, convenio colectivo o cualquier otra norma aplicable.

Baja por maternidad

La legislación laboral concede 90 días de baja por maternidad remunerada: 45 días antes del parto y los 45 días restantes después del parto. La empleada puede reducir la baja previa al parto a un mínimo de 10 días y utilizar el resto de la baja acumulada después del parto.

Las empleadas en baja por maternidad tienen derecho a prestaciones en efectivo pagadas con cargo a los fondos de la Seguridad Social y financiadas por las cotizaciones del empleador y del Estado. Las prestaciones ascienden al 100 % del salario de la empleada durante el período de baja por maternidad, hasta un máximo de 90 días. La empleada debe haber trabajado de forma ininterrumpida para el empleador durante 3 meses o haber percibido prestaciones por desempleo antes de la baja.

Baja por paternidad

Todos los trabajadores varones tienen derecho a dos días de permiso de paternidad remunerado al 100 % tras el nacimiento de un hijo, mientras que los funcionarios públicos de Buenos Aires tienen derecho a 15 días de permiso de paternidad remunerado y a 30 días adicionales de permiso remunerado durante el primer año de vida del niño. Los trabajadores también pueden disfrutar de 120 días de permiso no remunerado durante el primer año de vida del niño.

Salario mínimo

En Argentina, el salario mínimo se establece según el siguiente calendario:

  • A partir del 1 de febrero de 2026, el salario mínimo es de 346 800 ARS (pesos argentinos) y de 1734 ARS por hora para los trabajadores por día.
  • A partir del 1 de marzo de 2026, el salario mínimo será de 352 400 ARS (pesos argentinos) y de 1762 ARS por hora para los trabajadores jornaleros.
  • A partir del 1 de abril de 2026, el salario mínimo será de 357 800 ARS (pesos argentinos) y de 1789 ARS por hora para los trabajadores jornaleros.
  • A partir del 1 de mayo de 2026, el salario mínimo es de 363 000 ARS (pesos argentinos) y de 1815 ARS por hora para los trabajadores jornaleros.
  • A partir del 1 de junio de 2026, el salario mínimo es de 367 800 ARS (pesos argentinos) y de 1839 ARS por hora para los trabajadores jornaleros.
  • A partir del 1 de julio de 2026, el salario mínimo es de 372 400 ARS (pesos argentinos) y de 1862 ARS por hora para los trabajadores jornaleros.
  • A partir del 1 de agosto de 2026, el salario mínimo es de 376 600 ARS (pesos argentinos) y de 1883 ARS por hora para los trabajadores jornaleros.

Pago de horas extras, días festivos y vacaciones

Los empleadores deben pagar una tarifa por horas extras del 150 % del salario normal los días laborables; y el doble del salario normal los sábados a partir de la 1:00 p. m., los domingos y los días festivos.

Los empleados tienen derecho a percibir su salario habitual durante sus vacaciones anuales, que se abonará antes de que comiencen las mismas.

Plazo de preaviso

En Argentina, los contratos de trabajo pueden rescindirse:

  • Por voluntad de ambas partes del contrato
  • Mediante preaviso por escrito

El plazo de preaviso depende de la antigüedad en el servicio, según se indica a continuación:

  • Por parte del empleado: 15 días
  • Por parte del empleador:
    • 15 días para contratos durante el período de prueba
    • 1 mes para contratos de entre 8 meses y 5 años
    • 2 meses para contratos superiores a 5 años

La notificación debe realizarse por escrito y debe indicar claramente los motivos de la rescisión del contrato. Existen disposiciones que permiten prescindir de la notificación mediante el pago de una indemnización.

Indemnizaciones por despido

En Argentina, la Ley de Contratos de Trabajo establece una indemnización por despido equivalente a un mes de salario base por cada año de servicio completado (y cualquier fracción superior a tres meses) en caso de despido sin causa justificada (despido improcedente). Si un empleador despide a un empleado por una razón no imputable al trabajador, es decir, por motivos económicos como fuerza mayor, falta o reducción de trabajo, el empleado tiene derecho a medio salario mensual por cada año de servicio. El empleador debe pagar al empleado el salario íntegro correspondiente al mes en que se produce la rescisión.

La indemnización por despido de los empleados con contrato de duración determinada se calcula normalmente como el salario restante que se habría pagado si los empleados hubieran finalizado el proyecto o el período para el que fueron contratados. Además, los empleados con contrato de duración determinada con más de un año de servicio tienen derecho a la mitad de la indemnización por despido que recibiría un empleado fijo en caso de despido, si se ha completado el período de empleo para el que fueron contratados.

Si se despide a un empleado y su relación laboral no se ha registrado debidamente o se ha registrado de forma incorrecta, el empleador debe pagar el doble de la indemnización por despido habitual. Inicialmente, se concedió a los empleadores un período de gracia de 30 días a partir de la promulgación de la ley para regularizar los registros de los empleados, tras lo cual la norma de la indemnización por despido duplicada pasó a ser plenamente aplicable. Esta indemnización adicional no puede combinarse con otras sanciones por trabajo no registrado. Además, si un empleador no paga la indemnización por despido exigida por ley tras haber sido notificado formalmente, lo que obliga al empleado a emprender acciones legales o administrativas, el importe adeudado se incrementa en un 50 %.

Pensiones

El Sistema Unificado de Seguridad Social (SUSS) de Argentina integra el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), con las siguientes contribuciones:

  • Aportaciones personales de los empleados en relación laboral del 11 % de su salario
  • Aportaciones de los empleadores del 16 % del salario total de su personal
  • Aportaciones personales de los trabajadores por cuenta propia del 27 %

La edad de jubilación es de 60 años para las mujeres y de 65 para los hombres; los empleados deben haber cotizado durante 30 años para tener derecho a la pensión completa. La pensión se abona como una combinación de una pensión básica universal de cuantía fija, una prestación compensatoria en función de la duración de las cotizaciones realizadas y una prestación adicional por permanencia.

Según un decreto promulgado en marzo de 2024, a partir de julio de 2024, la ANSES ajustará las pensiones mensualmente en función de la variación del índice nacional de precios al consumo de los dos meses anteriores, según lo mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Consulte los «Indicadores monetarios de la Seguridad Social» para conocer los importes de las prestaciones en la sección de Referencias.

Prestaciones para familiares a cargo/supervivientes

Los empleados fallecidos deben haber cumplido las siguientes condiciones para que sus dependientes o supervivientes puedan percibir la prestación:

  • Haber cotizado durante 30 años
  • Haber cotizado 30 meses o más en los últimos 36 meses antes de su fallecimiento como cotizante regular
  • Haber cotizado 18 meses o más en los últimos 36 meses antes del fallecimiento como cotizante irregular
  • Haber cotizado 12 meses en los últimos 60 meses anteriores al fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial como cotizante irregular

La pensión por fallecimiento de un empleado en activo se abona como porcentaje de la pensión a la que habría tenido derecho y se calcula de la siguiente manera:

  • 70 % para la viuda, el viudo o la pareja de hecho sin hijos con derecho a pensión
  • 50 % para la viuda, el viudo o la pareja de hecho cuando haya hijos con derecho a pensión
  • 20 % por cada hijo. Si no hay cónyuge o pareja de hecho con derecho a pensión, la parte de cada hijo se incrementará dividiendo a partes iguales el 50 % restante

La suma de las pensiones de todos los beneficiarios no debe superar el 100 % de la prestación a la que tenía derecho la persona fallecida.

Prestaciones por invalidez

Las personas que hayan perdido al menos el 66 % de su capacidad laboral pueden acogerse a la jubilación por discapacidad antes de alcanzar la edad de jubilación. Esta pensión tiene una vigencia de hasta 3 años, con posibilidad de renovación o de que se declare una discapacidad permanente.

  • En el caso de los empleados que tengan derecho a recibir una jubilación temporal por discapacidad y estén cotizando regularmente según lo exige la ley: el 70 % de los ingresos base
  • En el caso de los trabajadores que tengan derecho a la jubilación temporal por discapacidad y no estén cotizando regularmente según lo exigido por la ley: el 50 % del salario base

Además de la pensión contributiva, las personas con una discapacidad de al menos el 66 % pueden tener derecho a la pensión no contributiva, si cumplen determinadas condiciones.

Según un decreto promulgado en marzo de 2024, a partir de julio de 2024, la ANSES ajustará las pensiones mensualmente en función de la variación del índice nacional de precios al consumo de los dos meses anteriores, según lo mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Impuesto sobre la renta de las personas físicas

Los residentes tributan por sus ingresos procedentes de fuentes dentro o fuera del país. Los no residentes —personas que permanecen en el país durante más de 6 meses— tributan únicamente por sus ingresos procedentes de fuentes en Argentina. El ejercicio fiscal va del 1 de enero al 31 de diciembre.

El impuesto sobre la renta en Argentina varía en función de los ingresos. Se calcula como una suma fija más un porcentaje de recargo aplicado a la diferencia, dependiendo de los ingresos, y oscila entre el 5 % y el 35 %.

Visados

  • Visado de turista: se concede con fines turísticos y permite una estancia de hasta 90 días.
  • Visado de negocios: se concede para actividades comerciales y permite una estancia de hasta 60 días. Los solicitantes deben presentar un justificante de alojamiento.
  • Visado para asistir a congresos y ferias, o para realizar actividades técnicas, científicas, artísticas o profesionales: el período de estancia autorizado para este tipo de visado es de hasta 30 días. Los solicitantes deben presentar una prueba de la actividad.
  • Visado de estudiante: se concede para estudiar en Argentina. Existen dos tipos de visados de estudiante: el visado de estudiante +365 para estancias de más de un año y el visado de estudiante -365 para estancias de menos de un año. Los solicitantes deben presentar una prueba de admisión y de que disponen de medios económicos suficientes para sufragar la estancia y los estudios.
  • Visado de reagrupación familiar: se concede al cónyuge, hijo o progenitor de un ciudadano argentino de nacimiento, naturalizado o por elección, o de un extranjero con residencia permanente.
  • Visado para personas religiosas de culto no católico: se concede para la residencia temporal.
  • Visa para personas religiosas de culto católico: se concede para la residencia temporal.
  • Programa Siria: para facilitar el proceso de integración de sus beneficiarios mediante diferentes medidas; también se celebran reuniones con comunidades interesadas y grupos organizados vinculados a iglesias evangélicas y católicas dispuestas a colaborar con la situación de los sirios en Argentina.
  • Visa de nacionalidad: disponible para los nacionales de los países miembros del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay) o de los estados asociados (Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam) y permite la residencia temporal del extranjero en la República Argentina por un período de 2 años.
  • Visa de trabajo: se concede para trabajar en Argentina. Los solicitantes deben presentar un comprobante de domicilio, un certificado de antecedentes penales y un contrato de trabajo firmado.
  • Visa para personal expatriado (personal transferido): se concede para trabajar en Argentina. Los solicitantes deben presentar un comprobante de domicilio, certificado de antecedentes penales y un documento emitido por la filial o entidad receptora en la República Argentina, en el que se indique el número RENURE de dicha entidad, el motivo de la transferencia a Argentina, la duración de la estancia, la remuneración mensual que se percibirá y la persona a la que se le pagará.
  • Visado de nómada digital: los nacionales de países exentos de los requisitos de visado de turista pueden solicitar este visado, que permite el trabajo a distancia mientras se reside en el país. El visado permite una estancia de hasta 180 días, con posibilidad de prórroga en determinados casos.

Permisos de trabajo

Los solicitantes deben presentar los documentos requeridos en la Oficina Consular. Las autoridades consulares pueden solicitar documentos complementarios o adicionales si fuera necesario. Los documentos y trámites requeridos incluyen un pasaporte válido, fotografías, un formulario de solicitud, un justificante de domicilio, un contrato de trabajo, un certificado de buena conducta del país de residencia actual, así como el pago de las tasas consulares y una entrevista consular. El permiso se expide generalmente en forma de visado de residencia temporal vinculado al empleo y puede tener vigencia hasta la fecha de caducidad especificada en el momento de la entrada. Existe un límite de dos autorizaciones en un periodo de 12 meses.

Seguridad social

Pensiones

El Sistema Único de Seguridad Social (SUSS) de Argentina integra el Sistema Integrado Nacional de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), con los siguientes aportes:

  • Aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia al 11% de su salario
  • Contribuciones de los empleadores al 16% del salario total de su personal
  • cotizaciones personales de los trabajadores autónomos al 27 %.

La edad de jubilación es de 60 años para las mujeres y 65 para los hombres; los trabajadores deben haber cotizado 30 años para tener derecho a la pensión completa. La pensión se abona como una combinación de una pensión básica universal a tanto alzado, una prestación compensatoria en función de la duración de las cotizaciones efectuadas y una prestación adicional por permanencia.

De acuerdo a un decreto emitido en marzo de 2024, a partir de julio de 2024, la ANSES ajustará mensualmente las jubilaciones en base a la variación del índice de precios al consumidor nacional de los 2 meses anteriores, medido por elInstituto Nacional de Estadística y Censos(INDEC). Consulte los "Indicadores Monetarios de la Seguridad Social" para conocer los montos de las prestaciones en la sección Referencias.

Prestaciones por familiares a cargo/supervivientes

Los trabajadores fallecidos deben haber cumplido con los siguientes requisitos para que sus dependientes o supérstites puedan percibir la prestación:

  • Haber cotizado 30 años
  • haber cotizado 30 meses o más en los 36 meses anteriores al fallecimiento
  • haber cotizado 18 meses o más en los 36 meses anteriores al fallecimiento
  • Haber cotizado 12 meses dentro de los últimos 60 meses anteriores al fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferenciado.

La pensión por fallecimiento de un trabajador en activo se abona en porcentaje de la pensión que le hubiera correspondido y se calcula de la siguiente manera

  • 70 % para la viuda, el viudo o el conviviente sin hijos con derecho a pensión
  • 50 % para la viuda, el viudo o el conviviente cuando hay hijos con derecho a pensión
  • 20% por cada hijo

La suma de las pensiones de todos los beneficiarios no debe superar el 100 % de la prestación a la que tenía derecho el difunto.

Prestaciones de invalidez

Las personas que han perdido al menos el 66 % de su capacidad para trabajar tienen derecho a una pensión de invalidez antes de alcanzar la edad de jubilación. No existen prestaciones por incapacidad temporal de una duración máxima de un año.

  • En el caso de los trabajadores por cuenta ajena que tienen derecho a percibir la jubilación temporal por invalidez y cotizan regularmente conforme a la ley: 70 % de los ingresos base.
  • En el caso de los trabajadores por cuenta ajena que tengan derecho a la jubilación temporal por incapacidad y no coticen regularmente conforme a la ley, el 50 % de los ingresos base.

Además de la pensión contributiva, las personas que tengan una discapacidad de al menos el 76 % pueden optar a la pensión no contributiva si cumplen determinados requisitos.

Según un decreto emitido en marzo de 2024, a partir de julio de 2024, la ANSES ajustará mensualmente las pensiones en función de la variación del índice nacional de precios al consumidor de los 2 meses anteriores, medido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Edad mínima

En Argentina, la Ley de Contratos de Trabajo establece que las personas deben tener más de 18 años para celebrar un contrato de trabajo. Se puede celebrar un contrato de trabajo con personas de entre 16 y 18 años con la autorización de sus padres o tutores. Las personas de entre 14 y 16 años pueden trabajar en empresas familiares (propiedad de su padre, madre o tutor), pero con ciertas limitaciones.

La jornada laboral no puede exceder las 6 horas diarias (36 horas semanales) para los empleados de entre 16 y 18 años. La duración no puede exceder las 7 horas si las horas de trabajo se distribuyen de forma desigual. La jornada laboral de las personas menores de 16 años puede ampliarse a 8 horas diarias (48 horas semanales) si lo autoriza la autoridad administrativa laboral de cada jurisdicción.

Desempleo 7.9%

Porcentaje de la fuerza laboral que está desempleada, pero disponible y en busca de empleo © 2024 - WBGILO

62.2%

Participación en la fuerza laboral

43.3%

Participación femenina en la fuerza laboral

79%

Acceso a atención sanitaria

FUENTES DE DATOS

Desempleo: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025.

Fuerza laboral (total): The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)

Participación en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025

Participación femenina en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)

Acceso a atención sanitaria: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • GHO, WHO (WHO), uri: https://www.who.int/data/gho/data/themes/topics/service-coverage

         

Trabajar en Atlas HXMAcerca de nosotrosReseñas e informes de analistasAsóciate con Atlas HXMNuestro impacto globalContáctenos

Cómo te ayudamos

Empleo y expansión globalConsultoría y apoyoFusiones y adquisicionesNormativa nacionalBeneficios socialesIncorporación de talentoGestión de gastos

A quién ayudamos

Servicios financierosTecnologíaCiencias de la vida y farmaciaONG y sin ánimo de lucroEnergía, petróleo y gasCapital privado y VCInicio y crecimiento

Recursos y herramientas

Calculadora de salarios globalCalculadora global de coste de empleadoPerspectivas del paísCasos prácticosInformes y libros blancosEventos y webinarsBlog