POBLACIÓN
6.9m
MONEDA
C$ (NIO)
CIUDAD CAPITAL
Managua
Nicaragua, oficialmente la República de Nicaragua, es un país de América Central. Conocido por su diversidad cultural, sus impresionantes paisajes y su rica historia, Nicaragua es un destino popular para el turismo y la exploración cultural. Desde las bulliciosas calles de Managua hasta los serenos paisajes de Granada, Nicaragua ofrece una gran riqueza de atracciones culturales y naturales.
La economía nicaragüense es diversa, con sectores clave como la manufactura, los servicios y la agricultura. El país es un importante exportador de bienes y un popular destino turístico, que atrae a visitantes de todo el mundo con sus bellas ciudades, lugares históricos y gastronomía de fama mundial.
Descargo de responsabilidad: Este contenido tiene únicamente fines informativos. No garantizamos la precisión ni la integridad de este contenido. No es asesoramiento legal y no se debe utilizar como tal.
El Código Laboral de Nicaragua reconoce tanto los contratos de trabajo escritos como los verbales. Un contrato de trabajo escrito se redacta en 2 copias, se firma por ambas partes y se certifica por el Ministerio de Trabajo.
Un acuerdo laboral escrito debe incluir al empleador, al empleado y los detalles del trabajo, como el lugar de trabajo, las horas de trabajo, la duración del contrato, la remuneración, etc.
Un contrato puede celebrarse verbalmente cuando se refiere a trabajo en el campo, servicio doméstico o trabajo temporal u ocasional que no supere los 10 días. En caso de acuerdo verbal, el empresario debe entregar al trabajador un certificado en los 3 días siguientes a su incorporación. El certificado debe contener la fecha de inicio de la relación laboral, el servicio a prestar o el trabajo a realizar y el salario estipulado.
Según el Código Laboral de Nicaragua, los trabajadores pueden ser contratados en virtud de un contrato de trabajo implícito por remuneración. Un acuerdo escrito incompleto, o la ausencia del mismo, no exime a las partes del cumplimiento de las disposiciones de la legislación laboral.
Cuando el contrato no se realiza por escrito, los empleadores están obligados a proporcionar un certificado dentro de los 3 días siguientes a la fecha de inicio de la relación laboral que contenga lo siguiente:
Según el Código Laboral de Nicaragua, la jornada laboral ordinaria no debe superar las 8 horas diarias ni las 48 horas semanales. El trabajo nocturno está limitado a 7 horas diarias o 42 horas semanales. La jornada ordinaria de trabajo mixto (diurno y nocturno) está limitada a 7,5 horas diarias o 45 horas semanales. En los lugares de trabajo insalubres o peligrosos, la jornada ordinaria debe superar las 6 horas diarias. Los empleados menores de 18 años no pueden trabajar más de 6 horas al día o 30 horas a la semana.
Los empleados y los empresarios pueden ampliar la jornada laboral un máximo de 2 horas al día proporcionando tiempo libre adicional.
Año Nuevo (1 de enero), Jueves y Viernes Santos (las fechas pueden variar), Primero de Mayo (1 de mayo), Día de la Liberación (19 de julio), Batalla de San Jacinto (14 de septiembre), Día de la Independencia (15 de septiembre), Inmaculada Concepción (8 de diciembre), Navidad (25 de diciembre).
En Nicaragua, el empresario y el trabajador pueden acordar un período de prueba no superior a 30 días para los contratos de duración indefinida. Cualquiera de las partes puede rescindir el contrato sin responsabilidad alguna durante el periodo de prueba.
Está prohibido incluir un periodo de prueba en los contratos de trabajo de duración determinada.
En Nicaragua, la ley no obliga a los empleadores a respetar un período de notificación de despido. Sin embargo, se concederá una indemnización por despido a los trabajadores despedidos sin causa justificada. La cuantía de esta prestación depende de su antigüedad y se abona como 1 mes de salario por cada año de servicio durante los 3 primeros años y 20 días de salario por cada año de servicio a partir del cuarto año de servicio. El importe de la indemnización por despido no puede ser inferior a una mensualidad ni superar los 5 meses de salario.
Los trabajadores con contrato indefinido deben preavisar al empresario con 15 días de antelación cuando decidan rescindir su contrato de trabajo.
El Código Laboral de Nicaragua establece que la indemnización por despido es obligatoria en caso de despido sin causa de los empleados con contratos de duración indefinida.
La cuantía de la prestación depende de la antigüedad del empleado. La indemnización se paga como 1 mes de salario por cada año durante los 3 primeros años de servicio y 20 días de salario por cada año de servicio a partir del cuarto año. La indemnización por despido no puede ser inferior a un mes de salario ni superior a 5 meses.
Los empresarios también están obligados a abonar una parte proporcional de las prestaciones debidas a los trabajadores, como la paga de vacaciones y la paga extraordinaria.
El salario mínimo lo determina la Comisión Nacional del Salario Mínimo y actualmente oscila entre 5.721,17 y 11.803,47 NIO (córdobas nicaragüenses) al mes, dependiendo de la industria. Todos los empleados tienen derecho al salario mínimo.
El Código Laboral de Nicaragua no especifica la periodicidad del pago, pero exige que figure en el contrato de trabajo, y los empleadores deben proporcionar a los empleados nóminas en las que se detallen los salarios brutos y netos, las deducciones y cualquier pago por horas extraordinarias.
Según la legislación laboral de Nicaragua, el trabajo realizado fuera de la jornada laboral establecida constituye horas extraordinarias (excepto cuando los empleados trabajan horas adicionales para corregir sus errores). El trabajo en días de descanso semanal y días festivos también se considera horas extraordinarias.
Las horas extraordinarias no pueden superar las 3 horas diarias o las 9 horas semanales, salvo en los casos en que deban evitarse las consecuencias de catástrofes o accidentes o para realizar tareas urgentes como la reparación de maquinaria, equipos o edificios, y otros casos de fuerza mayor. Los empresarios no están autorizados a compensar las horas extraordinarias con tiempo libre adicional.
Todas las horas extraordinarias, incluidas las realizadas en días de descanso y festivos, se compensan con el doble del salario al que tiene derecho el trabajador por una jornada laboral normal.
Los visados en Nicaragua se clasifican en función del motivo de la visita y del tipo de documento de viaje que posea el extranjero:
Un extranjero sólo puede tener una categoría migratoria en Nicaragua.
En función de las entradas permitidas, los tipos de visado son los siguientes:
Los trabajadores migrantes se clasifican como extranjeros no residentes. La Dirección General de Migración y Extranjería de Nicaragua les concede una autorización que les permite permanecer y trabajar en el país hasta un año. Para obtener dicha autorización, los extranjeros deben presentar su contrato de trabajo, prueba de solvencia económica y compromiso escrito del empleador.
Población 6.9m
Población total, incluyendo a todos los residentes, independientemente de su estatus legal © 2024 - WBG • EUROSTAT
60.2%
Población urbana
58.2%
Acceso a Internet
23.5%
Acceso bancario
100%
Acceso a teléfonos móviles
Población: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Population Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wpp/, publisher: UN Population Division; Statistical databases and publications from national statistical offices, National Statistical Offices, uri: https://unstats.un.org/home/nso_sites/, publisher: National Statistical Offices; Eurostat: Demographic Statistics, Eurostat (ESTAT), uri: https://ec.europa.eu/eurostat/data/database?node_code=earn_ses_monthly, publisher: Eurostat; Population and Vital Statistics Report (various years), United Nations (UN), uri: https://unstats.un.org, publisher: UN Statistics Division
Población urbana: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Urbanization Prospects, United Nations (UN), uri: https://population.un.org/wup/, publisher: UN Population Division
Acceso a Internet: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU), uri: https://datahub.itu.int/
Acceso bancario: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • FINDEX, WBG (WB), uri: https://www.worldbank.org/en/publication/globalfindex
Acceso a teléfonos móviles: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • World Telecommunication/ICT Indicators Database, ITU (ITU)
Según la legislación nicaragüense, todos los empleados tienen derecho a 15 días de vacaciones por cada 6 meses de trabajo ininterrumpido con el mismo empleador. Las vacaciones anuales se pagan al salario normal del empleado.
Las personas que trabajan para el Estado y sus instituciones tienen derecho a disfrutar de vacaciones con sueldo completo desde el sábado de Ramos hasta el domingo de Pascua, desde el 24 de diciembre hasta el 1 de enero, y 16 días más durante el año.
Los empleadores están obligados a preparar el calendario de vacaciones y compartirlo con sus empleados. El empleado tiene derecho a elegir las vacaciones que desea tomar siguiendo el calendario anterior.
En caso de rescisión del contrato laboral, el empleado tiene derecho a cobrar el salario correspondiente a las vacaciones anuales no disfrutadas en proporción al tiempo trabajado.
El Código Laboral de Nicaragua no contempla la baja por enfermedad. Los contratos de trabajo y las políticas laborales regulan las bajas por enfermedad de corta duración. A la espera de la práctica interna de la empresa, se puede conceder a un trabajador permiso para ausentarse por enfermedad o acudir a una consulta médica personal. La interrupción del trabajo por enfermedad no afecta al derecho a las vacaciones anuales.
Los trabajadores asegurados tienen derecho a un subsidio de enfermedad abonado durante 52 semanas como el 60 % del salario medio de ocho semanas. El Sistema Nacional Unificado de Salud concede este subsidio a partir del cuarto día de enfermedad. Los tres primeros días no son remunerados, salvo en caso de enfermedad que requiera hospitalización o accidente (el subsidio se abona a partir del primer día).
Según la legislación nicaragüense, las trabajadoras tienen derecho a 4 semanas de descanso antes y 8 semanas después del parto (10 semanas en caso de parto múltiple). Si el parto se produce antes de la fecha indicada por el médico, el permiso no disfrutado se añade al periodo de descanso postnatal.
Las trabajadoras por cuenta ajena que hayan cotizado al menos 16 semanas a la Seguridad Social en las 39 semanas anteriores a la fecha prevista del parto tienen derecho al subsidio de maternidad del Sistema Nacional Unificado de Salud. El subsidio de maternidad equivale al 60 % de la remuneración media semanal. El empresario está obligado a abonar el 40 % restante de la remuneración media semanal de la trabajadora. Si la trabajadora no está asegurada por el sistema público de seguridad social, el empresario está obligado a abonar la totalidad de la remuneración media semanal de la trabajadora durante el permiso de maternidad.
Según la legislación nicaragüense, el padre o pareja en unión libre con su cónyuge tiene derecho a 5 días naturales de permiso con sueldo y sin pérdida de ninguna prestación social en caso de parto de su pareja.
En Nicaragua, todos los trabajadores que entran en el mercado laboral están sujetos a la afiliación obligatoria al Sistema de Ahorro para Pensiones después de 15 días de trabajo. La edad legal de jubilación es de 60 años, y los trabajadores con 750 semanas cotizadas tienen derecho a una pensión de vejez. La edad de jubilación de los docentes es de 55 años, con 750 semanas cotizadas. La edad de jubilación de los trabajadores de las minas es de 55 años, siempre que hayan trabajado en ellas al menos 15 años.
La pensión mensual de vejez se calcula multiplicando el salario base mensual por la tasa de sustitución. La remuneración base mensual es la remuneración media de las últimas 375 semanas cotizadas multiplicada por el factor 4,33. El factor de sustitución se calcula en función del número de años cotizados y el factor de sustitución máximo es del 70 %. La pensión máxima total con asignaciones familiares es del 100 % del salario base respectivo y equivale a 1 500 USD mensuales (en córdobas nicaragüenses) en la fecha de pago de la pensión.
El seguro de fallecimiento previsto por la Ley de Seguridad Social de Nicaragua cubre las necesidades básicas de los dependientes y supervivientes de un trabajador asegurado fallecido. Las prestaciones para los supervivientes incluyen los gastos de sepelio y las pensiones. Tienen derecho a las prestaciones los cónyuges, los hijos y los padres a cargo.
En caso de fallecimiento por causas no profesionales, la pensión se concede si el trabajador asegurado había cotizado al menos 150 semanas en los últimos seis años anteriores al fallecimiento. En caso de fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional, la pensión se calcula del mismo modo, pero no se exige el requisito de haber cotizado 150 semanas.
La pensión se abona del siguiente modo
Las prestaciones de invalidez en Nicaragua cubren las necesidades básicas del asegurado y de las personas a su cargo en caso de enfermedad o accidente de origen no profesional y favorecen su rehabilitación y reinserción en el mercado de trabajo.
En caso de invalidez por causas no profesionales, las personas tienen derecho al seguro de invalidez si son discapacitadas, menores de 60 años y han cotizado a la seguridad social durante al menos 150 semanas en los últimos 6 años anteriores al accidente o la enfermedad. Las prestaciones se concederán a partir de la fecha de la causa que originó la invalidez y deben revisarse al menos cada 3 años. La pensión se mantiene mientras subsista la causa de la invalidez.
En el caso de la invalidez debida a causas profesionales, las prestaciones se abonan en función del tipo y el grado de invalidez. Estas prestaciones se abonan a través de las cotizaciones empresariales.
La edad legal para trabajar en Nicaragua es de 14 años, con excepciones supervisadas por la Inspección General de Trabajo. Los mayores de 16 años tienen capacidad legal para celebrar un contrato de trabajo. Los menores de entre 14 y 16 años pueden celebrar contratos de trabajo con el permiso de sus padres o representantes legales. Los menores de 18 años no pueden ser empleados en trabajos peligrosos.
Está prohibido emplear a jóvenes en trabajos que perjudiquen su educación, salud, moral y desarrollo.
Los jóvenes empleados tienen los mismos derechos que los adultos, como un salario igual remunerado en moneda legal, condiciones de trabajo seguras e higiénicas, participación en un sindicato y prestaciones de la seguridad social. Sin embargo, su jornada laboral no puede superar las 6 horas diarias ni las 30 horas semanales.
Desempleo 4.6%
Porcentaje de la fuerza laboral que está desempleada, pero disponible y en busca de empleo © 2024 - WBG • ILO
65.5%
Participación en la fuerza laboral
39.4%
Participación femenina en la fuerza laboral
70%
Acceso a atención sanitaria
Desempleo: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025.
Fuerza laboral (total): The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)
Participación en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO Modelled Estimates database (ILOEST), ILO (ILO), uri: https://ilostat.ilo.org/data/bulk/, publisher: ILOSTAT, type: external database, date accessed: January 07, 2025
Participación femenina en la fuerza laboral: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • ILO (ILO), type: estimates based on external database; United Nations (UN), publisher: UN Population Division; Staff estimates, WBG (WB)
Acceso a atención sanitaria: The World Bank: World Development Indicators: World Bank Group • GHO, WHO (WHO), uri: https://www.who.int/data/gho/data/themes/topics/service-coverage
©2025 Atlas Technology Solutions, Inc.
Política de cookiesPolítica de privacidadTérminos y condicionesFor People, By People